

El procurador general del Estado, César Siles, reiteró este viernes que Evo Morales no puede postularse a la presidencia en 2025, conforme a la opinión consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la sentencia constitucional 1010/2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). Ambas decisiones, de carácter vinculante, invalidan la Sentencia Constitucional 084/2017, que previamente permitía la reelección indefinida en Bolivia.
«Estas resoluciones han dejado sin efecto la posibilidad de reelección indefinida, reafirmando la aplicación del Artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE), que limita el mandato presidencial a cinco años con una sola reelección consecutiva», afirmó Siles en conferencia de prensa.
Siles subrayó que la Sentencia Constitucional 1010/2023 del TCP, emitida el 29 de diciembre de 2023, establece que la reelección «no es un derecho humano» y puede ser legalmente restringida.
«El señor Morales ya ha sido reelecto y no puede presentarse a una nueva elección presidencial», explicó Siles, resaltando que la prohibición busca evitar la perpetuación en el poder y asegurar el pluralismo político y la alternancia de poder.
La Procuraduría presentó un documento especializado que analiza la normativa vigente y la jurisprudencia vinculante, concluyendo que la reelección indefinida es incompatible con los principios democráticos y busca proteger la separación de poderes en Bolivia.