La Paz, 24 de octubre de 2025 — El presidente Luis Arce promulgará la “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia” una vez que el documento sea remitido al Ejecutivo, informó la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón.
La Cámara de Diputados sancionó el jueves la norma que autoriza, de manera temporal, la importación privada de combustibles con el objetivo de garantizar el suministro nacional ante eventuales contingencias.
“El Ejecutivo aguarda que la Asamblea Legislativa remita el documento para su revisión y posterior promulgación, cumpliendo los procedimientos constitucionales”, explicó Alcón en conferencia de prensa.
La autoridad indicó que el Gobierno ya otorgó autorizaciones a 26 instancias para comercializar combustibles, de las cuales seis se encuentran actualmente operando. “Esta ley va a agilizar los procedimientos (…), así que ni bien llegue se va a promulgar”, señaló.
La norma, aprobada en la última sesión del periodo constitucional 2020–2025, establece un régimen excepcional de tres meses que permitirá a personas naturales o jurídicas importar diésel, gasolina y gas licuado de petróleo (GLP) bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deberá mantener la provisión estatal prioritaria e informar previamente sus capacidades de abastecimiento. En caso de no cubrir el 100% de la demanda, los operadores privados podrán importar combustibles a un precio diferenciado y en régimen de libre competencia.
La ANH será responsable de otorgar la Licencia Excepcional de Importación y Despacho Directo (LEIDD) mediante una ventanilla digital única, con un plazo máximo de 48 horas hábiles. Si no se emite respuesta en ese periodo, se aplicará el silencio positivo.
Las importaciones bajo este régimen estarán exentas del pago del Impuesto a la Transferencia (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Las estaciones de servicio podrán adquirir combustibles de importadores autorizados o realizar importaciones directas de hasta 19.900 litros de diésel por operación.
La ANH implementará un sistema de monitoreo GPS en tiempo real, publicará diariamente los datos de importación y fiscalizará la calidad de los combustibles. Las infracciones, como acaparamiento, adulteración o especulación, serán sancionadas con multas, suspensión de licencia y denuncias penales.
La aplicación de la ley será temporal por tres meses a partir de su promulgación, con el propósito de asegurar el abastecimiento nacional de carburantes.
