
Este miércoles vence el plazo para que los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas habiliten una cuenta bancaria en cualquier entidad financiera del país, según recordó el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Esta cuenta debe estar regulada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y a nombre de la organización política.
La Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del TSE especificó que la cuenta debe ser solidaria mancomunada, permitiendo a militantes, simpatizantes, invitados y miembros de la organización política depositar todas las contribuciones y donaciones. Además, se requiere que las organizaciones obtengan su Número de Identificación Tributaria (NIT) y/o realicen modificaciones en el Padrón Biométrico Digital (PBD-11) antes de abrir la cuenta.
Para cumplir con estos requisitos, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) solicita la personalidad jurídica otorgada por el Órgano Electoral, la cédula de identidad vigente del representante legal, un poder notariado, y una factura reciente de consumo de energía eléctrica del domicilio fiscal. Tras obtener el NIT, las organizaciones deben abrir la cuenta bancaria y presentarla al Tribunal Supremo Electoral o al Tribunal Electoral Departamental correspondiente.