El ministro Óscar Mario Justiniano afirmó que la norma es de carácter voluntario, no alcanza a tierras comunitarias y busca facilitar el acceso al financiamiento en el sistema formal.
La Paz, 14 de abril de 2026 .— El ministro de Desarrollo Productivo, Óscar Mario Justiniano, explicó el alcance de la Ley 1720 y señaló que la normativa está dirigida exclusivamente a pequeños productores con propiedades privadas. La autoridad aseguró que su aplicación no incluye a comunidades ni territorios indígenas y que la adhesión es voluntaria.
Durante una declaración pública, Justiniano indicó que la ley permite a los propietarios recategorizar sus predios de forma opcional. “No obliga absolutamente a nadie… es libre voluntad del propietario si quiere o no quiere recategorizar su propiedad”, afirmó.
El ministro también señaló que la norma ha sido objeto de interpretaciones incorrectas e instó a evitar especulaciones sobre sus efectos. Reiteró que el objetivo principal es ampliar las posibilidades de acceso al crédito para pequeños productores que, según explicó, han enfrentado limitaciones en el sistema financiero formal.
De acuerdo con la autoridad, la recategorización voluntaria permitirá a este sector acceder a financiamiento con tasas de interés más bajas y condiciones más favorables. Añadió que actualmente muchos productores recurren a mecanismos informales o a casas comerciales que operan con intereses superiores a los del sistema bancario.
Justiniano sostuvo que la medida busca generar condiciones para que los productores accedan a recursos financieros en mejores términos y con mayor seguridad dentro del sistema regulado.
